ACUERDAN
Que
ambas
partes
ostentan
capacidad
jurídica
y
de
obrar
suficiente.
Caso
contrario,
las
partes
asumirán
las
responsabilidades
que
pudieran
derivarse
de
este
contrato.
Suscribir
el
presente
contrato
de
arrendamiento
de
servicios
de
guía
de
montaña,
mediante
el
cual
se
establecen las siguientes:
CONDICIONES PARTICULARES DE LA ACTIVIDAD
1.
El cliente contrata con la empresa SERONDA, la actividad de BONO REGALO.
2.
El precio incluye los servicios de:
-Guía acompañante de montaña AEGM 1537
-Asesoramiento técnico previo a la actividad
-Seguro de asistencia
-Botiquín colectivo
3.
El precio final de la actividad NO incluye:
- Transportes necesarios para llegar y volver a los puntos de inicio y final de la actividad
-Gastos
derivados
de
rescates
y
asistencias
médicas
que
superen
el
límite
pactado
de
la
Póliza de Asistencia contratada por SERONDA
-Alquiler de material para la realización de la actividad
-
Extras
tales
como
cáfes,
aguas
minerales,
etc.
ni
regímenes
alimenticios
especiales,
ni
siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión.
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN BONO REGALO
1.
El
cliente
por
el
mero
hecho
de
inscribirse
en
una
actividad
de
montaña,
asume
que,
por
las
características
propias
inherentes
a
este
tipo
de
actividades,
y
por
ser
realizadas
en
un
entorno
en
ocasiones
no
del
todo
controlable,
no
pueden
estar
exentas
de
cierto
riesgo
potencial y objetivo.
2.
El
participante
se
compromete
expresamente
a
obedecer
las
instrucciones
del
guía,
dado
que,
dichas
indicaciones,
obedecerán
en
todo
caso,
a
criterios
de
prevención
y
seguridad de los participantes.
3.
El
cliente
declara
hallarse
en
las
condiciones
psicofísicas
adecuadas
para
la
práctica
de
la
actividad
en
la
que
se
inscribe,
así
como
no
estar
bajo
los
efectos
de
sustancias
relajantes,
excitantes o alucinógenas, en la fecha de la actividad.
4.
Por
el
presente
documento,
declaro
haber
sido
informado
en
tiempo
y
forma
de
los
siguientes
términos
de
la
actividad:
ruta,
longitud,
duración,
dificultad,
riesgos,
materiales,
equipo y requisitos físicos.
5.
El
cliente
entiende
y
acepta
que,
la
consecución
de
la
actividad
estará
condicionada
tanto
a
las
condiciones
meteorológicas,
así
como
a
posibles
imprevistos
que
puedan
poner
en
serio
peligro
la
seguridad
del
grupo.
Así
mismo,
el
guía
podrá
variar
el
programa
en
función
de
las
condiciones
meteorológicas
o
de
las
condiciones
de
la
montaña,
con
el
objetivo
de
garantizar
la
seguridad.
Los
ratios
Guía/participante
se
mantendrán
priorizando
los
criterios
de
seguridad
y
respetando
el
número
mínimo
acordado
por
curso
o
actividad.
SERONDA
se
reserva
el
derecho
de
cancelar
o
modificar
las
actividades
por
razones
meteorológicas
o
que
puedan
afectar la seguridad del grupo.
6.
Los
gastos
de
alimentación,
alojamiento,
y
transporte
del
guía
corren
a
cuenta
del
cliente, salvo en indicación expresa en las condiciones particulares de la actividad.
7.
Todas
las
actividades
están
cubiertas
con
seguro
de
Responsabilidad
Civil
y
seguro
de
Asistencia Sanitaria y Accidentes.
8.
La
reserva
de
la
actividad
se
considerará
firme
cuando
se
haya
realizado
el
importe
total
del BONO y con una duración de UN AÑO DESDE LA FECHA DE ADQUISICION DEL MISMO.
9.
La
contratación
de
los
servicios
aquí
expuestos
requiere
necesariamente
la
aceptación
plena y sin reservas de todas y cada una de las condiciones generales de contratación.
10.
DERECHO
DE
ADMISIÓN,
SERONDA
se
reserva
el
derecho
de
admisión
o
participación
en
una
actividad,
incluso
una
vez
empezada
la
misma,
de
aquellas
personas
que
por
inadecuada
conducta,
condición
física
o
formación
técnica
impidan
el
normal
desarrollo
de
la
actividad
o
pongan
en
peligro
su
integridad
física,
la
del
resto
de
participantes
o
la
del
guía
de
la
actividad.
Los
costes
generados
por
este
tipo
de
abandono
de
la
actividad
serán
por
cuenta
y
riesgo
del
cliente,
sea
cual
sea
la
naturaleza
de
dichos
costes
(
transporte,
alojamiento,etc.)
11.
USO
DE
LOS
ARCHIVOS
FOTOGRÁFICOS
,
SERONDA
será
la
propietaria
de
los
archivos
fotográficos
que
genere
en
el
desarrollo
de
las
actividades
por
ella
organizados
y
estos
podrán
ser
usados
en
su
página
web
o
en
cualquier
otro
medio,
para
promocionar
o
vender
a
terceros
actividades
o
para
cualquier
otro
fin
que
se
estime
oportuno.
La
no
aceptación
por parte del cliente de esta condición tendrá que ser comunicada por escrito a SERONDA.
12.
DESESTIMIENTO
VOLUNTARIO
DE
LOS
SERVICIOS
CONTRATADOS
En
caso
de
que
el
cliente
opte
voluntariamente
por
abandonar
la
actividad,
este
está
obligado
a
entregar
al
guía
un
documento
firmado
en
el
que
declare
su
decisión
voluntaria
de
desistimiento.
En
cualquier
caso,
la
entrega
de
dicho
documento
no
podrá
garantizar
el
abandono
inmediato
y
este
quedara
sujeto
a
factores
tales
como
las
condiciones
meteorológicas
o
la
disponibilidad
de
medios
de
transporte
adecuados.
Los
costes
generados
por
el
abandono
voluntario
de
la
actividad
por
otra
razón
que
no
sea
accidente
o
enfermedad
del
cliente
serán
por
cuenta
y
riesgo
del
cliente,
sea
cual
sea
la
naturaleza
de
dichos costes ( transporte, alojamiento, etc.)
13.
Las
presentes
Condiciones
Generales,
están
sujetas
a
lo
dispuesto
a
la
Ley
7/1998,
de
Abril,
sobre
Condiciones
Generales
de
Contratación,
a
la
Ley
General
1/2007
para
la
Defensa
de
Consumidores
y
Usuarios,
al
Real
Decreto
1906/1999,
de
17
de
Diciembre
de
1999,
por
el
que
se
regula
la
Contratación
Telefónica
o
Electrónica
con
condiciones
generales,
la
Ley
Orgánica
15/1999,
de
13
de
Diciembre,
de
Protección
de
Datos
de
Carácter
Personal,
la
Ley
7/1996,
de
15
de
Enero
de
Ordenación
del
Comercio
Minorista,
y
a
la
Ley
34/2002
de
11
de
Julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.